Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio - Juez Unipersonal No. 03 de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, Aprueba y Homologa el presente procedimiento de Ofrecimiento de Pensión Alimentaria, solicitado por el ciudadano Carlos José Gil, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad No. 5.057.026, a favor de la niña y/o adolescente Karia Daniela Gil Valera. Otorgándole el carácter de cosa Juzgada. Así Se Decide