Por los fundamentos y argumentos de Derecho antes expuestos, este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA PENA por cumplimiento de la misma a favor del penado KERVIN JAVIER COLINA LUJANO, titular de la cédula de identidad número V-14.357.980, DE NACIONALIDAD VENEZOLANO, NATURAL MARACAIBO DEL ESTADO ZULIA, DE 26 AÑOS DE EDAD, de profesión u oficio técnico, residenciado en el Barrio Cañada honda, avenida 39, casa N° 95-105, diagonal al Abasto San José, casa color salmón, Municipio Maracaibo del estado Zulia, por haber cumplido tanto la pena principal, y en tal sentido se decreta AUTORIDAD DE COSA JUZGADA LA PRESENTE CAUSA, y se ordena su debida remisión al Archivo Judicial en su debida oportunidad legal, todo de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 105 del.....