Por los fundamentos expuestos, este Juez Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
- CONSUMADO EL DESISTIMIENTO DEL JUICIO DE DIVORCIO, solicitado por la ciudadana DEYANIRA BEATRIZ RIVERA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad No. V-11946427, domiciliada en el Municipio Cabimas del Estado Zulia.
- APROBADO Y HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO, suscrito por la ciudadana DEYANIRA BEATRIZ RIVERA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad No. V-11946427, domiciliada en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, en fecha trece (13) de febrero de dos mil trece (2013), PASÁNDOLO EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA como sentencia definitivamente firme. En consecuencia, se declara terminado el presente proc.....