Por los fundamentos expuestos este Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA, a los niños y adolescentes ANA KARINA, HENRY FELIZ, HENRY ALBERTO y ANGIE CONTRERAS GARCIA, a la ciudadana CRUZ MARIA GARCIA, en su condición de hijos y cónyuge respectivamente, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano HENRY ALBERTO CONTRERAS SOTO, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 9.720.931, según se evidencia del acta de defunción Nº 61 emanada de la Jefatura Civil de la Parroquia Francisco Eugenio Bustamante, Municipio Maracaibo del Estado Zulia. Se dejan a salvo los derechos de terceros.
Devuélvanse los originales a la parte interesada, dejando previa certificación en actas por secretaria.-
Publíquese, Regístrese y expídase copia certificada del presente fallo.-