PARTE DISPOSITIVA
DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala Nº 02, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
a) Terminado el presente proceso de Separación de Cuerpos, iniciado por los ciudadanos HUMBERTO ENRIQUE ORTEGA CHACON Y MARIELA NAIROVIS CANAAN DIAZ, antes identificados.
b) Se ordena el archivo del presente expediente.
Publíquese, regístrese. Déjese copia certificada por secretaria.
Dada, Firmada y sellada en la Sala de Juicio, Despacho del Juez Nº 2, del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maracaibo a los 14 días del mes de Enero de dos mil diez (2.010). Años 199º de la Independencia y 150º de la Federación.
La Juez Unipersonal Nº 02,
Abog. Inés Hernández Piña
La Secretaria,
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