• APROBADO Y HOMOLOGADO el convenio de régimen de convivencia familiar, celebrado por los ciudadanos VANESSA PERDOMO y ADRIAN ZAMBRANO, titulares de las cedulas de identidad N° V-18.722.027 y V- 14.305.879, respectivamente, en beneficio de la niña SE OMITE EL NOMBRE DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y/O ADOLESCENTES POR RAZONES DE CONFIDENCIALIDAD, en consecuencia, le da el carácter de cosa juzgada formal más no material.
• El régimen de Convivencia Familiar será para el progenitor quien compartirá con su hija, esta será dentro del domicilio de la niña o fuera de el.
• Este régimen de convivencia será extenso siempre y cuando no interrumpa con su normal desenvolvimiento, bien sea de sus estudios y horas de descanso.
• Además compartirá con la niña los días de asuetos, días feriados, día del niño, día de cumpleaños de la niña, día del padre, día de cumpleaños del padre y cualquier otro día que el niño requiera.
• En cuanto a los fines de semana serán compartidos y alternados por igual.
• Con re.....