Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Decreta el Sobreseimiento de la causa penal, signada bajo el N° C03-91801-2009, instruida contra el ciudadano ANTONIO CALDERON, Venezolano, Mayor de Edad, Soltero, y residenciado en el sector Santo Domingo, Río Chama, Parroquia Simón Rodríguez, en la comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal Venezolano Vigente para la fecha de los hechos, hoy artículo 413, en perjuicio de la ciudadana MARIA LEONOR NIÑO SALAS. Todo de conformidad con lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 48, numeral 8 eiusdem, en concordancia con el artículo 324 ibidem. Regístrese la presente decisión y librese las respetivas Boletas de No.....