Por los hechos y fundamentos de derecho antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 242 del Código de Procedimiento Civil, procede a declarar SIN LUGAR la presente denuncia de Fraude Procesal, realizada en el presente proceso por la parte demandada, ciudadano ALEJANDRO FUENMAYOR ÁLVAREZ, en contra de la parte demandante, Sociedad Mercantil CENTRO COMERCIAL LAS MERCEDES, C.A., representada por la ciudadana ELBA ERNESTINA FUENMAYOR DE PARRA, todos identificados en la parte narrativa del presente fallo.
No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo.
Se hace constar que los Abogados en ejercicio LIGIA RINCÓN MARTÍNEZ, NERVIS DELGADO ROJAS, ENEIDA MORILLO, TAREK ORTEGA DAW, LUISA CONHA PUIG obraron en el proc.....