Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado SEPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO propuesta por los ciudadanos GERTRUDYS JOSEFINA CHACON DE ORDOÑEZ y OMAR RAFAEL ORDOÑEZ CASTILLO, ambos ya identificados, y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron el día diecinueve (19) de abril de mil novecientos setenta y cinco (1975), por ante el Prefecto y Secretario del Municipio Ricaurte, Distrito Mara del estado Zulia.