DISPOSITIVA
En merito de las anteriores consideraciones esta Jueza Tercera de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, Declara:
PRIMERO: Declarar Con Lugar la Solicitud incoada por la ciudadana RAZUDD SAABELEN ZAMBRANO DE ZERPA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad Nros. V- 6.172.459. SEGUNDO: Se AUTORIZA a la ciudadana RAZUDD SAABELEN ZAMBRANO DE ZERPA, la compra a favor de su hijo identidad omitida de un terreno y bienhechurías sobre el construidas en un superficie de 720 m2, ubicado en el sector el salado, vía principal del playa el agua, calle Guayamury, Qta Graciela, Municipio Antolín del campo, inscrito bajo el N° 96, folios 47 al 49, protocolo Primero, Tomo Primero, Tercer Trimestre del año 1985, de los libros llevados p.....