este Juzgado Primero de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara las anteriores actuaciones, Título Suficiente para asegurar su condición como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del fallecido, JOSE ALFONSO GONZALEZ GONZALEZ, a los ciudadanos JOSE EDUARDO GONZALEZ CONTRERAS y MARIA DE LA CRUZ GONZALEZ CONTRERAS, venezolanos mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº V- 12.223.058 y Nº V- 14.282.357 respectivamente, de este domicilio, hijos del mencionada finado.
De conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil se deja a salvo los derechos de terceros o de aquellas personas que siendo herederos de los finados no hayan sido incluidos como tales en la presente solicitud y asimismo, se advierte que la presente declaratoria basada en declaraciones de t.....