DISPOSITIVO
Este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 242 del Código de Procedimiento Civil, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por EXTINSION DE CONTRATO DE USUFRUCTO Y PRESCRIPCION EXTINTIVA DE HIPOTECA CONVENCIONAL DE PRIMER GRADO, incoara la sociedad mercantil INVERIONES TARAGUA C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha quince (15) de Diciembre de 1959, bajo el No. 23, Tomo 26-A; representada por el profesional del derecho JORGE ALEJANDRO MACHIN CACERES, venezolano, mayor de edad, Doctor en Derecho, titular de la cedula de identidad N° 7.603.325, Inpreabogado bajo el N° 22.8722, domiciliado en Maracaibo, estado Zulia; contra la sociedad mercantil BP OIL VNE.....