En fuerza de las anteriores consideraciones, esta Jueza del Tribunal Primero de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, aadministrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos TENESSE JOHN SALAZAR GUEVARA y SULEINA DEL VALLE SALAZAR LEON, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nros. V- 12.672.560 y 10.202.394 respectivamente, asistidos de la abogada en ejercicio DOMITILA SALAZAR DE MORENO, inscrita en el inpreabogado bajo el número 27.271, con fundamento en el Artículo 185-A del Código Civil, y como consecuencia de ello, disuelto el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído en fecha 14.12.1996 ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Los Barales, Municipio Tubores del Estado Nueva Esparta, según consta de acta número 18, inserta a.....