este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la solicitud de perención de la instancia en la presente juicio solicitada por los ciudadanos HUMBERTO B. LA ROSA Y MOISES AMADO, con el carácter acreditado en autos, de conformidad con el artículo 267 ordinal 1° con del Código de Procedimiento y en concordancia con Sentencia reiteradas de la Sala de Casación Civil del año dos mil cuatro. Y vista la solicitud realizada por el ciudadano MOISES AMADO con el carácter acreditado en autos, el tribunal acuerda lo solicitado en consecuencia, expídase por Secretaria un juego de copias certificadas de los folios ochenta y cuatro (84) al noventa y dos (92), del folio ciento diez (110), ciento dieciocho (118), ciento veinte nueve (129), ciento treinta (130) y ciento treinta y dos (132), del auto que provee dichas.....