PRÓRROGA DE NOVENTA DÍAS CONTÍNUOS, a partir de esta decisión AUTORIZACION SUFICIENTE a la ciudadana ERIKA MARIA VALBUENA IGLESIAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.307.796, en su carácter de Curador Especial del adolescente EDUARDO ENRIQUE TORREN ATENCIO, titular de la cédula de identidad N° 25.406.637; para que venda los derechos que posee sobre el inmueble constituido por una parcela distinguida con el N° B-30, lote "B" y la casa quinta sobre ella construida, ubicada en la Primera Etapa de la Urbanización Altamira, situada en Jurisdicción del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, la cual tiene un área de construcción cerrada de (84,91 MTS2), comprendida dentro de los siguientes linderos: Norte: con vereda de servicio, Sur: con área pública, Este: con la parcela B-31 y Oeste: con la parcela B-29, contando dicha vivienda con las siguientes dependencias: sala, comedor, cocina, tres (3) dormitorios, una (1) sala sanitaria y un (1) estar, tal como co.....