Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONCEDE LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, al WILMER JOSÉ ROMERO SANCHEZ, titular de la cedula de identidad N° 16.211.128, de nacionalidad venezolana, Natural de Maracaibo, de 28 años de edad, estado civil soltero, hijo de Nelly Sánchez Osuna, residenciado en Zapara 2, calle 56, casa Nº 5A-31, Municipio Maracaibo, Estado Zulia, quien fue condenado por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISIÓN, más las accesorias de Ley, por la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO y APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previstos y sancionados en los artículos 277 y 470 ambos del Código Penal, cometido en perjuicio del ESTADO VE.....