Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONCEDE EL BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, al penado RENE ELVER SURMONT CASTRO, de Nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo Estado Zulia, de 30 años de edad fecha de nacimiento 07-05-1984, titular de la Cédula de Identidad No. 13.628.716, hijo de Belkis Castro y Sergio Surmont, de estado civil Soltero, de profesión u ocupación Comerciante, residenciado en Fundación Maracaibo, por detrás del General del Sur, calle 126 F, casa 27-58, Maracaibo Estado Zulia, quien fue condenado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, conforme al procedimiento de admisión de los Hechos, a cumplir la pena UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES DE PRISION, por el delito de PORTE ILICITO D.....