DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas Sección Adolescentes, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se califica la Flagrancia y se Ordena se siga el proceso por las normas del Procedimiento Ordinario, por ser legitima la aprehensión del Adolescente, por la presunta comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS; previsto y sancionado en el Articulo 34 de la Ley Orgánica contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes, en perjuicio de la Colectividad. SEGUNDO: Se DECRETAN MEDIDA CAUTELAR PREVISTA EN EL LITERAL "C" DEL ARTÍCULO 582 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, en consecuencia deberán presentarse cada 30 días por ante el Departamento.....