DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA Nº 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación con efecto suspensivo de conformidad con lo estatuido en el artículo 374 del Código Orgánico Procesal Penal interpuesto por la abogada AMERICA RODRIGUEZ MARTÌNEZ, actuando con el carácter de Fiscal Cuadragésima Primera del Ministerio Público del Estado Zulia, en contra de la decisión N° 2466-14 dictada en fecha 09 de diciembre 2014, por el Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Municipio Rosario de Perijá, La Villa del Rosario;
SEGUNDO: Se mantiene la medida cautelar sustitutiva de la privativa de la libertad, decretada al ciudadano HENDRIK JESÚS BERMÚDEZ TORRES, titular de la cédula de identidad N° V-10.420.716, de conform.....