En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, por vencimiento de la prórroga legal interpuso el ciudadano ENRIQUE ORDAZ VILLARROEL, contra la ciudadana MARIA DE LOURDES OSES DE DELGADO. En consecuencia, se condena a la demandada MARIA DE LOURDES OSES DE DELGADO, a cumplir con lo siguiente:
PRIMERO: Entregar a la parte actora un inmueble constituido por un local comercial, ubicado en la calle Narváez , entre calle Cedeño y calle Marcano, S/N, en la ciudad de Porlamar, Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta, libre de bienes y personas
SEGUNDO: A pagar a la parte actora la cantidad de VEINTISEIS MIL QUINIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES (Bs. 26.550), por concepto de cláusula penal, por los días que el arrendatario se mantuvo ocupando el inmueble, a razón de setenta y cinco (75) bolívares diarios desde el 06 de abril de 2012 hasta el 26 de marzo de 2013, ambas fe.....