Ahora bien, analizados como han sido todos los recaudos acompañados con la demanda, se observa que la parte actora ciudadano TITO ROMERO GONZÁLEZ, asistido de la abogada Zuleima Orfila, en fecha 18 de Julio de 2016, consignó diligencia manifestando de forma expresa que desiste de la acción.
Por tanto, este tribunal para resolver, hace previas las siguientes observaciones:
Ahora bien, el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, establece:
"En cualquier estado y grado de la causa puede el demandante desistir de la demanda y el demandado convenir en ella. El Juez dará por consumado el acto, y se procederá como en Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria...omissis..."
Igualmente, el autor A. Rengel-Romberg en su obra "TRATADO DE DERECHO PROCESAL CIVIL VENEZOLANO", al respecto indica:
...omissis...
La Jurisprudencia venezolana ha expresado esta idea al sostener que ‘el desistimiento de la acción e.....