Este Tribunal Primero de Juicio de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial penal del Estado Monagas, actuando en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley en virtud del uso de la figura de admisión de los hechos por parte del adolescente, SANCIONA CONFORME AL PROCEDIMIENTO ESPECIAL POR ADMISION DE LOS HECHOS a la adolescente IDENTIDAD OMITIDA, Venezolana, de 14 años de edad, nacido en fecha 15-12-2001, Natural de Tucupita Estado Delta Amacuro, Titular de la Cedula de Identidad Nº V-28.740.844, soltera, Hijo de NELIDA IDROGO (V) y de EFRAIN ACOSTA (V), Grado de Instrucción: 1ER Año de Bachillerato, domiciliado en el Sector Nicolás Maduro, calle 2 Casa s/n a una cuadra de la iglesia evangélica "Un renuevo al espíritu santo" Temblador Estado Monagas. Teléfono: 0414-769.14.81 (Mamá) por la comisión, del delito de COMPLICE EN EL DELITO DE EXTORSIÓN, PREVISTO EN EL ARTÍCULO 16, CONCATENADO CON EL ARTÍCULO 11 DE LA LEY CONTRA EL SECUESTRO Y LA EXTO.....