Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este TRIBUNAL UNDÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara lo siguiente:
1) La HOMOLOGACIÓN, por lo que se le da el carácter de cosa juzgada, al convenimiento celebrado entre la parte demandante JUAN CARLOS FUENTES OSORIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad 6.747.618, de este domicilio, representado legalmente por CARLOS LABARCA, venezolano, mayor de edad, inscrito en el inpreabogado Nº 35.045, de este domicilio, y la parte demandada S.M. INDUSTRIAS LACTEAS VERACRUZ C.A. (DEUDOR PRINCIPAL) cuya ultima modificaron estatutaria esta inscrita ante el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, el 13.....