¿ Consumado el Acto Procesal del Convenimiento sobre Obligación de Manutención, de fecha 19 de Mayo de 2011, celebrado por los ciudadanos ZULAYDY FINOL y JOHAN AVILA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V.- 18.370.749 y 15.009.287 respectivamente, en beneficio del niño JESUS ANDRES AVILA FINOL de ocho (08) años de edad, pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia definitivamente firme, y en consecuencia QUEDA APROBADO Y HOMOLOGADO el referido Convenimiento transcrito en la parte narrativa de esta decisión.
¿ Se ordena expedir las copias certificadas solicitadas.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada por secretaría.
Dada, Firmada y sellada en la Sala de Juicio, Despacho del Juez Nº 1, del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maracaibo a los Once (11) días del mes de Agosto del 2.011. Años 200º de la Independencia y 151º de la Federación.
El .....