Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos, éste JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA DE DIVORCIO propuesta por el ciudadano DANIEL ISACC PEREIRA DE ÁNGEL, colombiano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 1.126.248.153, domiciliado en el Barrio Luis Aparicio, calle 156, Avenida 481, casa N° 480-60, Parroquia Bolívar del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio, ciudadano, VALMORE JESÚS ACOSTA, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 195.711, en contra de la ciudadana RUTH ESTHER CÁRDENAS MERCADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 26.906.188, domiciliada en el Barrio La Botella, entre Avenida 32 y 33, casa S/N, Parroquia Jorge He.....