Por todo lo antes expuesto éste TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, EXTENSION SANTA BARBARA DE ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LEY, DECRETA PRIMERO: De conformidad con los artículos 8, 9, 243, 244, 247, 250 numerales 1 y 2, 256 numerales 3 y 4, 259 y 260, todos del Código Orgánico Procesal Penal, Medida Cautelar Sustitutiva de libertad, a favor de los ciudadanos, HECTOR LUIS RAMIREZ MORALES, Venezolano, natural de Caja Seca, Municipio Sucre del Estado Zulia, nació el 03-01-1.988, de 20 años de edad, soltero, obrero del campo, titular de la cédula de identidad N° 19.610.053, alfabeto, hijo de Eulices Ramírez y de Benita del Carmen Morales, residenciado en la vía Panamericana, sector Casa Azul, casa s/n, al lado de la Hacienda del señor Ender Vielma, Municipio Sucre del Estado Zulia, teléfono personal 0416-8658489, y WILMER JOSE RAMIREZ RAMIREZ, V.....