Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante ZAIDY DEL VALLE ALMARZA PIRELA, quien en vida fue venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.977.917, a los ciudadanos GUSTAVO JOSE BERMUDEZ PALMAR, GENESIS ISABEL BERMUDEZ ALMARZA, GUSTAVO JOSE BERMUDEZ, Y GERARDO ANDRES BERMUDEZ ALMARZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 9.766.878, 18.876.659, 20.843.263 y 23.744.054, en sus condiciones de cónyuge e hijos de la causante. Se dejan a salvo los derechos de terceros.