En consecuencia por los fundamentos de hecho y derecho antes expuestos este TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO CONSTITUIDO DE MANERA MIXTA CON ESCABINOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el Artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal, DECRETA: SENTENCIA CONDENATORIA, en contra del acusado RONALD JOSE TORRES MORALES, venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 29 años de edad, fecha de nacimiento 12-07-1975, titular de la cedula de identidad Nº V-15.194.108, trabaja en el trafico, Colector o conductor de avance en la línea Los Cortijos, hijo de José Alcedo Torres y Margarita Morales, y residenciado en el Barrio Bello Monte, calle 129, casa No. 47-35, cerca del abasto ?Las Dos Novillas?, como a cuadra y media de su casa, Sector Los Robles, de este Municipio Maracaibo, Estado Zulia, por decisión UNANIME de este Trib.....