Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, extensión Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, por facultad que le confiere el artículo 177 de la LOPNNA, resuelve:
CONCEDE AUTORIZACION SUFICIENTE, a las ciudadanas CELIMAR DEL CARMEN SANCHEZ CASTEJON y NURYS NAHIRYS RAMIREZ LEAL, titulares de las cedulas de identidad N° V-15.553.528 y V-15.389.187, para que en representación legal y en beneficio de los niños y/o adolescentes autos respectivamente, reciba en Cheque de Gerencia a nombre del (los) mencionado(s) niños y/o adolescentes de autos, la cuota parte que le corresponde a éstos como beneficiarios del causante JOSE ARQUIMEDES MILLAN SANCHEZ, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.738.997, todo sin perjuicio del cumplimiento a que hubiere lugar para con el Fis.....