Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud, en consecuencia, ordena rectificar el Acta de Nacimiento No. 238, de la ciudadana DORA ELENA SUAREZ LOZANO, asentada en fecha 05 de febrero del año 2004, expedida por el Registro Civil de la Parroquia San Francisco del Municipio Sal Francisco del Estado Zulia, en el sentido que se corrija en su contexto lo siguiente:
• En su contenido donde se lee: "ERASMO TERCERO SUAREZ", "VENEZOLANO" y "NUMERO DE CÉDULA: V-18.987.324" debe leerse: "ERASMO TERCERO SUAREZ PEÑA", "EXTRANJERO COLOMBIANO" y "NUMERO DE CÉDULA: E- 83.145.077". Así se declara.
• En su contenido donde se lee: "LEONOR LOZANO" y "NUMERO DE CÉDULA: V-19.987.654" debe leerse: "LEONOR SOFIA LOZANO BALDOVINO", y "NUMERO DE .....