DECISIÓN
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Séptimo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA otorgar al penado PASTOR ALEXANDER COLINA ROMERO, titular de la cédula de Identidad Nº 16.763.362, venezolano, natural de Maracay Estado Aragua, fecha de nacimiento: 02-12-83, soltero, obrero, hijo de Pastor Colina y Juana Romero, residenciado en la Avenida 72, al frente del callejón Caño Verde, No. 35, entrando por el Restaurant Mama Ina, Bachaquero Estado Zulia, EL REGIMEN ABIERTO como Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena, de conformidad con lo establecido en el artículo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el articulo 500 ejusdem, y se le destaca como lugar de residencia el Centro de Tratamiento Comunitario "INSP. RAFAEL ANTONIO OCHOA CASTRO". Regístrese la presente decisión. Líbrese la correspondi.....