Por los fundamentos de hecho y derecho antes expuestos, éste JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE DÉCIMO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, al ciudadano: JOSÉ RAMÓN MARTINEZ, de Nacionalidad Venezolana, Natural de Falcón, de 62 años de edad, de estado civil soltero, de Profesión u Oficio vendedor ambulante, Titular de la Cédula de Identidad N° V-5.050.667, fecha de Nacimiento 16-01-53, hijo de Matilde Guadalupe Martínez y Sixto Perozo, residenciado en Barrio Los Estanques, diagonal a la Bomba La Pomona, casa 112C-27, Frente a Ferretería Eiroca, a veinte metros de Éxito, Municipio Maracaibo, Estado Zulia, por la comisión del Delito de RIÑA, previsto y sancionado en el Artículo 428 del Código Penal, cometido en Perjuicio del ciudadano JESÚS ALBERTO MOLERO, prev.....