Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Séptimo en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, autoriza el PERMISO al penado RICARDO JESUS OSORIO GARCIA, titular de la cédula de identidad N° 12.668.614, quien goza del Beneficio de SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, para viajar por varios estados del territorio nacional (MERIDA, TRUJILLO, SAN CRISTOBAL, LARA, ARAGUA, CARABOBO, CARACAS , PORTUGUESA Y BARINAS ) en virtud de que se desempeña como conductor de la Agropecuaria "Don Eduardo", ubicada en Santa Bárbara del Zulia, ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Ofíciese a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario.
LA JUEZ SEPTIMO DE EJECUCION
DRA. MYRIAM MESTRE ANDRADE
LA SECRETARIA,
ABOG. PATRICI.....