PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los ciudadanos TRINO ANGEL MOLERO y SOLANGEL GONZÁLEZ, en su carácter de Defensores del ciudadano DANIEL ANTONIO RODRÍGUEZ TERÁN
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión de fecha 30 de septiembre de 2016, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia Estatal en Funciones de Control Con Competencia Funcional Municipal del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, mediante la cual decretó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, en perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de ALFREDO ALEJANDRO LANDAEZ JIMENEZ.