Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con base a los fundamentos de hecho y derecho plasmados anteriormente, declara:
Consumado el Desistimiento del Procedimiento, en el juicio que por EJECUCIÓN DE HIPOTECA, fuese incoado por la sociedad mercantil BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, BANCO UNIVERSAL, C.A. contra las sociedades mercantiles DESARROLLOS INMOBILIARIOS DEL MAR CARIBE, C.A., CONSTRUCTORES MRB DE VENEZUELA, C.A. y ZUMA SEGUROS, C.A., todos identifica¬dos previamente. En consecuencia, se homologa el anterior desistimiento del procedimiento, se suspende la medida preventiva de Prohibición de Enajenar y Gravar dictada por esta Juzgadora en fecha dos (02) de octubre de 2015, participada mediante oficio No. 0819-2015 de igual fecha, ordenándose oficiar lo condu.....