Este JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA: MEDIDA PREVENTIVA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES (VIA EJECUTIVA), interpuso el CONDOMINIO DEL CONJUNTO RESIDENCIAL LAS NACIONES, contra el ciudadano VÍCTOR CRISTÓBAL GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, portador de la Cédula de Identidad No. V-9.251.013, sobre un inmueble de su única y exclusiva propiedad constituido por un apartamento signado con el No. 1-4-A, ubicado en la primera etapa del Conjunto Residencial LAS NACIONES, situado en el cruce de la calle 59-B con avenida 14-F, en jurisdicción de la Parroquia Olegario Villalobos del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, alinderado de la siguiente forma: NORTE: en parte escaleras, en parte pasillo de circulación y en parte fachada norte del edificio.....