De modo que, por los fundamentos antes expuestos y previo análisis de los requisitos exigidos por ley, este Tribunal ADMITE en cuanto ha lugar en derecho la ESTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES intentada el abogado en ejercicio MARIO RICARDO MÁRQUEZ MONTERO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el No. 33.706, domiciliado en esta ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, actuando en su propio nombre e intereses, en contra del ciudadano RICARDO ARTURO VILCHEZ FUENMAYOR, venezolano mayor de edad, portador de la cédula de identidad No. 4.524.416, de este mismo domicilio. En consecuencia se ordena citar al ciudadano RICARDO ARTURO VILCHEZ FUENMAYOR, antes identificado, a los fines de que comparezca por ante este Tribunal en el segundo (2º) día de despacho, siguiente a la constancia en actas de su citación, en horas destinadas para despachar de 8:30 a.m. a 3:30 p.m., a dar contestación a la demandada. Líbrense recaudos y acompáñese los mismos con copia certificada del libelo de .....