Declara:
a) PARCIALMENTE CON LUGAR la EJECUCIÓN FORZOSA del convenimiento de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, suscrito por los ciudadanos JEINNY CAROLINA MONTESINOS NUÑEZ y LUIS ENRIQUE RINCON QUINTERO, el cual quedo firme, mediante sentencia definitiva No. 25, de fecha 17 de mayo de 2007, por cuanto no fue demostrado el incumplimiento del mismo, por parte del ciudadano LUIS ENRIQUE RINCON QUINTERO.-
b) En consecuencia se decreta Medida de Embargo Ejecutiva sobre: los bienes muebles e inmuebles propiedad del ciudadano LUIS ENRIQUE RINCON QUINTERO, hasta alcanzar la cantidad de CATORCE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y NUEVE BOLIVARES CON 05/100 (Bs. 14469,05), lo cual corresponde al doble del monto adeudado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 527 del Código de Procedimiento Civil. Para la ejecución de dicha medida se comisiona suficientemente al Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Cir.....