PRIMERO: CON LUGAR la demanda de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO incoada por la ciudadana ROSA TIMPONE viuda de D¿AMATO en contra del ciudadano YASSER JAMIL HOJEIJ, ya identificados.
SEGUNDO: RESUELTO el contrato de arrendamiento suscrito en fecha 1.5.2005, y consecuencialmente, se ordena la entregar del bien inmueble consistente en un apartamento distinguido con el número y letra 4-C, ubicado en el sexto piso del Conjunto Residencial Panarco, situado en la Avenida 4 de Mayo de Porlamar, jurisdicción del Municipio Mariño del estado Nueva Esparta, comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: en parte con fachada Norte del Edificio; SUR: con fachada Sur del Edificio; ESTE: en parte con pasillo Arcemar y escalera, y en parte con el Apartamento 4-B; y OESTE: con fachada Oeste del Edificio, a la parte actora, ROSA TIMPONE viuda de D¿AMATO.
TERCERO: De conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte demandada por haber r.....