Ahora bien, con respecto a la pena impuesta al penado JOSE MIGUEL ZAMBRANO, se infiere que las fórmulas alternativas al cumplimiento de la pena, y el Confinamiento se le podrán conceder a partir de las siguientes fechas:
1.- DESTACAMENTO DE TRABAJO: al extinguirse un cuarto (1/4) de la pena; esto es, a los TRES (03) AÑOS, DIEZ (10) MESES y QUINCE (15) DIAS; es decir a partir del 02/11/2012 a las 12:00 horas de la noche;
2.- REGIMEN ABIERTO: al cumplir un tercio (1/3) de la pena; a saber, CINCO (05) AÑOS y DOS (02) MESES; a partir del día 17/02/2014 a las 12:00 horas de la noche;
3.- LIBERTAD CONDICIONAL, al cumplirse o extinguirse las dos terceras (2/3) parte de la pena, es decir, DIEZ (10) AÑOS y CUATRO (04) MESES; esto es a partir del día 10/10/2019 a las 12:00 horas de la noche;
4.- La CONMUTACION DE LA PENA EN CONFINAMIENTO, al extinguirse las tres cuartas (3/4) partes de la pena, es decir, a los ONCE (11) AÑOS, SIETE (07) MESE.....