En consecuencia, este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, declara DISUELTO el MATRIMONIO CIVIL que contrajeron los ciudadanos NEYESTON JOSE PICO PAZ y AMIRA AFIF CHAABAN AGUILAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-15.287.277 y V.18.496.618, respectivamente, domiciliados en esta ciudad de Maracaibo, Estado Zulia, el día veintinueve (29) de agosto del año dos mil catorce (2014), por ante el Jefe Civil y Secretaria respectivamente, de la Parroquia Venancio Pulgar del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, según consta de Acta de Matrimonio acompañada a las actas en copia certificada signada con el No.198.-
Asimismo se deja establecido según pronunciamiento de los demandantes que durante la unión matrimo.....