Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: SIN LUGAR, la RECUSACIÓN propuesta por el abogado ALFREDO URDANETA AGUIRRE en contra de la Dra. GLORIMAR SOTO ROMERO, en su condición de Juez Temporal del JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en el juicio que por NULIDAD DE TRANSACCIÓN, intentara la Sociedad Mercantil COMERCIALIZADORA CAMARE S.A., en contra de la Sociedad Mercantil LANDIA S.R.L. y en contra del ciudadano ERNESTO BLANDON TANGARIFE.
Se impone al recusante una multa de DOS BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 2,oo) que se pagará dentro de los tres (03) días de despacho siguientes al recibo de las presentes actuaciones por ante el Tribunal donde se intentó la RECUSACIÓN, el cual actuará de Agent.....