el Tribunal ordenó PONER EN ESTADO DE EJECUCIÓN la sentencia dictada por el órgano jurisdiccional que remite la causa a este Juzgado.
Se pasa a computar el tiempo de cumplimiento de las sanciones impuestas de la siguiente manera: Por cuanto se observa que el adolescente estuvo detenido CINCO (05) DIAS desde el 09-01-05 hasta el 14-01-05, este Juzgado, procede a rebajar el tiempo que estuvo detenido, por lo que le faltaría por cumplir ONCE (11) MESES y VEINTICINCO (25) DIAS. En consecuencia el termino de las sanciones de Libertad Asistida e Imposición de Reglas de Conductas, concluiría el CINCO (05) DE MAYO DEL DOS MIL SEIS (05-05-2006). Conforme a lo que establece el articulo 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, se designa a la Oficina de Trabajo Social, para supervisión y orientación del adolescente SE OMITE. GARANTIA DE CONFIDENCIALIDAD. ARTICULO 545 LOPNA, en el seguimiento de la sanción que se le aplica. En tal sentido este Tribunal procede a im.....