Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Transito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 242 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara SIN LUGAR el Recurso de Regulación de Competencia ejercido en fecha 11 de enero de 2018, por la profesional del derecho YRLIANA RENGEL, en su condición de apoderada judicial de la demandante GEORGINA MARÍA ABIAD HAGGAR, en contra de la decisión de fecha 19 de diciembre de 2017, proferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Monagas. En consecuencia se RATIFICA la decisión recurrida y se declara COMPETENTE al JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLES.....