CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY EMITE LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS PRIMERO: Se Declara CULPABLE al ciudadano JUAN MIGUEL GUERRA PRESILLA, quien es de nacionalidad venezolana, natural de Porlamar, nacido en fecha, 06-11-1972, de 38 años de edad, titular de la cédula de identidad personal Nº V-20.904.240, de estado civil soltero residenciada en la calle Mara, casa S/N, DEL Sector Conejero, Porlamar, Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta, por la comisión de los delitos de POSESION DE DROGAS Y OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas y 277 del Código Penal, y se le CONDENA a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS, CUATRO (04) MESES Y QUINCE (15) DÍAS DE PRISION. SEGUNDO: Este tribunal admite las pruebas ofrecidas por el Fiscal del Ministerio Público, a saber: Acta de inv.....