este Tribunal le Imparte su Aprobación a la referida Transacción, en los términos y condiciones expuestos y le da el carácter de Sentencia pasada en Autoridad de Cosa Juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil.
Asimismo, se suspende la medida de secuestro que recae sobre el inmueble descrito ut-supra, decretada por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 24 de febrero de 2005 y ejecutada por el Juzgado Tercero Ejecutor Especial de Medidas de los Municipios Maracaibo, San Francisco, Jesús Enrique Lossada, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 28 de febrero de 2005, y se ordena oficiar a la Depositaria Judicial responsable de la guarda y custodia del inmueble; asimismo, a los fines pertinentes se ordena notificar al perito avaluador designado por las partes, para que en el lapso de ley comparezca a aceptar o.....