Examinados los documentos acompañados y la norma ut supra transcrita, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de GILMER ALONSO BORJAS MONTIEL; quien en vida fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 18.633.622, domiciliado en el municipio Cabimas del estado Zulia, a las ciudadanos SHEILA DEL VALLE ORTIZ DE BORJAS y GISELLE DEL VALLE BORJAS ORTÍZ, venezolanas, mayores de dad, titulares de las cédulas de identidad números 7.730.534 y 19.625.009, respectivamente, de igual domicilio, en sus condiciones cónyuge e hijas, respectivamente, del causante. Se dejan a salvo los derechos de terceros. ASÍ SE DECLARA.
Expídanse las copias certificadas que requiera la solicitante y devuélvanse las prese.....