DISPOSITIVO
Por las razones que anteceden, este JUZGADO SÉPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS POR MUTUO CONSENTIMIENTO de los ciudadanos AMILDA CAROLINA VILCHEZ PIÑA y ARLY JOSÉ ZAMBRANO CAÑATE, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nos. V.-18.381.631 y V.-17.280.637, respectivamente, domiciliados en esta ciudad y Municipio Maracaibo del estado Zulia.
Se deja constancia que los solicitantes estuvieron asistidos por la profesional del derecho MARÍA LAURA TELLES JIMENEZ, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 132.977.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE
Déjese copia certificada por secretaría del presente fallo y expídanse las copias certificadas que requieran los interesados, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 de.....