Visto el escrito de fecha tres (03) de febrero de 2009, suscrito por la ciudadana XIOMARA DEL CARMEN VERA, titular de la cédula de identidad No. 9.202.264, asistido por la abogada en ejercicio QUIROZ D. MARIA A, donde consignan la sentencia de divorcio 185-A dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil, y la sentencia de Liquidación y Partición de la Comunidad conyugal en fecha 20/06/08, el Tribunal provee conforme a lo solicitado, en consecuencia, suspende la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar, decretada por este Juzgado en fecha 11 de agosto de 2004, recaída sobre un inmueble constituido por un apartamento destinado a vivienda, ubicado en el Conjunto Residencial ciudad "El Trébol", apartamento 8 "C", Ala C, 3° piso, Edificio El Manzano, Primera Etapa, en Jurisdicción de la Parroquia Cristo de Aranza, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, cuyas medidas y linderos son: NORTE: con el núcleo Central y nivel de entrada al 3° piso y con el núcleo.....