Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Décimo de primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECIDE: DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, a favor del imputado JOSE ORLANDO CHAVARRI BALLESTEROS, de nacionalidad Venezolano, natural de Mérida, del estado Mérida, fecha de nacimiento: 13-08-1989, de 19 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Vendiendo Cumos, trabaja en Mercamara, Titular de la Cédula de Identidad N° 19.900.483, hijo de JOSE ORLANDO CHAVARRO (V) y MARIA LUISA BALLESTEROS (V), y con residencia en la Polar en le barrio Universidad, calle 192, casa 49B-1-34, la calle 192 es una calle que no tiene tapo, antes de llegar al Tapón es una casa de Color Verde a mano izquierda y tiene 2 portones, en la esquina queda una abasto 4 equinas, y en la otra esquina queda un Pulilavado, Teléfo.....